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(ca) Italy, Umanita Nova #25-25 - Trabajadorxs y objeción de conciencia. Ferroviari@s Contra la Guerra (de, en, it, pt, tr)[Traducción automática]

Date Mon, 27 Oct 2025 07:03:30 +0200


La presión militar sobre la sociedad civil se vuelve cada vez más intensa. Como colectivo Ferroviari@s Contra la Guerra (FCG) lo hemos constatado con la ratificación del acuerdo Leonardo-RFI, pero la guerra invade también escuelas, puertos, aeropuertos y centros de investigación, cada vez más atacados por la deriva bélica italiana y mundial. Incluso los lugares de trabajo industriales y logísticos, teóricamente a salvo de ser empleados en la carrera hacia el rearme y el movimiento belicista, están sufriendo reconversiones de un ámbito civil a uno militar.

El debate sobre la oposición a las actividades productivas con fines bélicos en lugares de trabajo civiles crece cada vez más, de forma directamente proporcional a la escalada armamentista en curso. La pregunta que nos planteamos como FCG, pero también como clase trabajadora, es: ¿puede una trabajadora o un trabajador expresar su oposición a ser empleada/o en actividades de tipo militar? Desde un punto de vista estrictamente legal, la respuesta es que no tiene derecho a oponerse. Hoy en día falta una legislación que proteja a quien, de forma consciente, quiere negarse a emplear sus tareas y profesionalidad con objetivos militares. Un vacío normativo que deja un espacio indefinido donde un rechazo del trabajador puede costar sanciones, hostigamiento, aislamiento e incluso un posible despido. En resumen: represión sin escrúpulos contra quienes quieren evitar la locura y la deshumanización de la expansión del conflicto mundial, del genocidio en curso en Gaza y de una economía de guerra que cada vez desangra más el estado social y quita perspectivas a las renovaciones contractuales.

En Italia, hasta 2010, la única oportunidad legal de rechazo en el ámbito militar era la objeción de conciencia al servicio militar, Ley n.º 230 de 1998. Una ley que luego fue derogada con el Decreto Legislativo de 15 de marzo de 2010 n.º 66, mientras que, al contrario, el servicio militar obligatorio fue de hecho solo suspendido (Ley 23 de agosto de 2004, n.º 226). Suspensión que además está condicionada a las decisiones del orden constituido, como dice el artículo 78 de la Constitución: «Las Cámaras deliberan el estado de guerra y confieren al Gobierno los poderes necesarios». En pocas palabras: si el Estado decide ir a la guerra, todos somos llamados a estar "listos para morir, Italia llamó".

La historia del rechazo al servicio militar merece contarse brevemente, para ofrecer un marco que ayude a comprender cómo se llegó a obtener ciertos derechos.

La Constitución italiana, en vigor desde el 1 de enero de 1948, establece en su artículo 52 que «La defensa de la Patria es deber sagrado del ciudadano. El servicio militar es obligatorio en los límites y modos establecidos por la ley». Esta obligación encontró resistencia desde el principio (en 1949 con el caso Pietro Pinna) y, en los 40 años transcurridos entre el artículo 52 y la Ley 230, se registraron varios casos -no muchos, es cierto- de rechazo al servicio militar por motivos políticos, éticos o religiosos. Los rechazos -aunque no existía un verdadero movimiento de masas antimilitarista- comenzaron a resquebrajar el aparato estatal. Anarquistas, socialistas, no violentos y sobre todo Testigos de Jehová dieron vida, con el tiempo, a un movimiento crítico generalizado contra el servicio militar obligatorio y contra la represión que, a base de encarcelamientos, buscaba doblegar la resistencia de quienes no querían someterse (¿pero no estábamos protegidos por "la Constitución más bella del mundo"?). La ley represiva y llena de aspectos críticos de 1972 (Marcora 772/72) y la posterior de 1998 fueron consecuencia de esas presiones desde abajo, pero también de un oportunismo estatal que evaluó como positiva -bajo varios aspectos- la creación del servicio civil alternativo, que representaba -ayer como hoy- un recurso gratuito que podía emplearse en distintos niveles de la producción. Además, el Estado podía prescindir de "inconvenientes" como el nonnismo (acoso en cuarteles), que en algunos casos incluso llevaba al suicidio, pero sobre todo de los movimientos de protesta de los proletarios uniformados, etc. Finalmente, hay que añadir que cuando, a pesar del artículo 11 de la Constitución («Italia repudia la guerra como instrumento de agresión...»), se necesitaba usar soldados en conflictos en todo el mundo (oficiales o no), se recurría a cuerpos especiales.

La situación actual es distinta de las luchas contra el servicio militar, porque la objeción en los lugares de trabajo inevitablemente afecta la producción de riqueza. Sin embargo, lo que permanece igual es la necesidad de oposición y de lucha para conquistar el derecho al rechazo.

En diversos debates recientes citamos el encuentro -organizado por los sindicatos de base CUB-COBAS y por FIRENZE PER LA PALESTINA- realizado en Florencia el pasado 18 de septiembre, con el objetivo de discutir "Antimilitarismo en los lugares de trabajo, aspectos legales sobre la objeción de conciencia".

El encuentro -bien concurrido, con unas 60-70 personas- preveía las ponencias de un magistrado y un abogado que, al menos en teoría, debían aclarar los aspectos jurídicos (y posibles indicaciones) sobre cómo lxs trabajadorxs pueden negarse a realizar tareas laborales con fines militares. Las intervenciones de los ponentes, muy largas y a veces dispersas, se centraron en un simple uso de la Constitución, que ya prevé -según el magistrado- herramientas inmediatas a disposición de la clase trabajadora, mientras que el abogado fue más cauto al dar garantías: «¿Objeción? Depende, no es seguro que un juez laboral acepte un rechazo». El recurso a la huelga, cada vez más restringido, no garantiza su uso inmediato debido a las normas vigentes que alargan los plazos para proclamarla y, además, el abogado señaló la Ley 413/1993 (objeción de conciencia a la experimentación animal) como un posible apoyo legal, especialmente su artículo 1, que establece que «los ciudadanos (...) se oponen a la violencia contra todos los seres vivos». En resumen: nada concreto, solo hipótesis por comprobar.

Más interesantes y significativas fueron las intervenciones de lxs trabajadorxs, que con sus aportes evidenciaron, por un lado, las dificultades objetivas en los lugares de trabajo y, por otro, manifestaron una alta conciencia de clase, reclamando la objeción como un derecho que hay que arrancar con la lucha y no con inútiles tecnicismos burocráticos. Un debate en el que estuvimos presentes como Ferroviari@s Contra la Guerra, precisamente debido a las dificultades que encontramos con los trenes militares. Dificultades que hemos visto reflejadas concretamente en el caso de un trabajador encargado de escoltar transportes excepcionales que, sin saberlo, se encontró transportando un tanque. Una ausencia previa de información que, como puede pasarle al maquinista de un tren de carga, pone al trabajador en serias dificultades, ya que -como hemos visto- no dispone de ninguna herramienta salvo su propia conciencia e integridad moral.

La solidaridad y la sinergia entre categorías laborales, movimientos antimilitaristas, sindicalismo y sociedad civil serán determinantes para detener guerras y genocidios: este es el mensaje central que emerge de este debate vivo, que sigue creciendo y caminando en nuestras mentes. Este es el camino que nos hemos dado como Ferroviari@s Contra la Guerra.

Andrea - Ferroviere contro la guerra

https://umanitanova.org/lavorator3-e-obiezione-di-coscienza-ferrovier%c9%99-contro-la-guerra/
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