|
A - I n f o s
|
|
a multi-lingual news service by, for, and about anarchists
**
News in all languages
Last 30 posts (Homepage)
Last two
weeks' posts
Our
archives of old posts
The last 100 posts, according
to language
Greek_
中文 Chinese_
Castellano_
Catalan_
Deutsch_
Nederlands_
English_
Francais_
Italiano_
Polski_
Português_
Russkyi_
Suomi_
Svenska_
Türkurkish_
The.Supplement
The First Few Lines of The Last 10 posts in:
Castellano_
Deutsch_
Nederlands_
English_
Français_
Italiano_
Polski_
Português_
Russkyi_
Suomi_
Svenska_
Türkçe_
First few lines of all posts of last 24 hours
Links to indexes of first few lines of all posts
of past 30 days |
of 2002 |
of 2003 |
of 2004 |
of 2005 |
of 2006 |
of 2007 |
of 2008 |
of 2009 |
of 2010 |
of 2011 |
of 2012 |
of 2013 |
of 2014 |
of 2015 |
of 2016 |
of 2017 |
of 2018 |
of 2019 |
of 2020 |
of 2021 |
of 2022 |
of 2023 |
of 2024
Syndication Of A-Infos - including
RDF - How to Syndicate A-Infos
Subscribe to the a-infos newsgroups
(ca) Argentina, Organizacion-Obrera #102: EL ESTADO POLICÍACO COMO PARTE DEL PROGRAMA PSEUDO-LIBERTARIO DEL GOBIERNO NACIONAL (de, en, it, pt, tr)[Traducción automática]
Date
Thu, 2 May 2024 08:06:44 +0300
Al mismo tiempo en que el nuevo gobierno pseudo-libertario de Javier
Milei implementa su política destinada a reducir el aparato de Estado en
materia social con vistas a ajustar a los sectores más vulnerables de la
sociedad, con la misma velocidad pone en marcha el crecimiento del
aparato represivo del Estado para intentar impedir la resistencia contra
el programa de ajuste. Es decir que, mientras se pone en movimiento
medidas destinadas a reducir la intervención del Estado en su rol
social, en paralelo se toman otras para hacer cada vez más presente el
Estado en su faceta represiva, en particular, en todo lo referente a la
huelga y a la protesta.
Si tomamos como ejemplo uno de los objetivos que anunciaba el malogrado
proyecto de Ley Ómnibus que era la limitación de "toda intervención
estatal que no sea la necesaria", debemos concluir que, a la luz del
crecimiento del aparato represivo que se está produciendo, la única
intervención estatal necesaria para el nuevo gobierno es la destinada a
limitar y reprimir la protesta. Por el contrario, la intervención del
Estado en materia social, fenómeno surgido principalmente a partir del
período de entreguerras del siglo XX como respuesta de los sectores
dominantes frente al crecimiento del movimiento obrero organizado, se
presenta ahora como innecesaria, acelerando de esta manera el proceso de
reducción de las políticas sociales y de transferencia de esos recursos
hacia a los sectores dominantes, proceso que se había iniciado ya
durante los gobiernos anteriores de Macri y de los Fernández con el
regreso de las políticas del FMI.
La cara más visible de este Estado Policíaco es la ministra de seguridad
Patricia Bullrich, cuya primera medida en ese sentido fue el
autodenominado "Protocolo para el Mantenimiento del Orden Público ante
el Corte de Vías de Circulación", dictado a escasos dos días de que el
ministro de economía, Luis Caputo, anunciara el 12 de diciembre las
primeras medidas de devaluación feroz del tipo de cambio oficial,
generando una suba abrupta de los niveles de precios frente a una
población ya empobrecida y con ingresos de miseria.
Este nuevo protocolo, a diferencia del dictado durante el gobierno de
Macri en el año 2016, no contempla ninguna instancia de mediación entre
las fuerzas represivas y los manifestantes. La lógica que aplica este
nuevo protocolo es una particular interpretación del art. 194 del Código
Penal (delitos contra el funcionamiento del transporte), considerando
incluidos en el mismo a todos los casos de impedimento al normal
funcionamiento del transporte. De esta manera, todas aquellas personas
que estarían obstruyendo el tránsito, se los considera como delincuentes
sorprendidos in fraganti, lo cual habilitaría a las fuerzas represivas a
evitar la continuidad del supuesto delito, sin necesidad de autorización
judicial y pudiendo proceder a realizar detenciones.
Uno de los aspectos que evidencian que la verdadera finalidad del
protocolo es evitar la protesta, es el hecho de que el mismo
expresamente autoriza a la intervención de las fuerzas represivas,
incluso en aquellos casos en que no existe ninguna situación de peligro
y aun cuando existan otras vías de circulación alternativas. Por lo
tanto, si el bien jurídico a proteger sería supuestamente la seguridad
del transporte como prevé el art. 194 del Código Penal, no se explica la
necesidad en estos casos de aplicar el protocolo existiendo vías
alternativas para que la continuidad del transporte y sin que exista
situaciones de peligro para las personas.
La aplicación judicial realizada hasta el momento de ese protocolo
respecto de los y las manifestantes detenidos durante el tratamiento del
proyecto de Ley Ómnibus, deja a la vista también esa verdadera finalidad
destinada a impedir la protesta misma bajo la excusa de perseguir la
comisión de algún supuesto delito. En efecto, en muchas de esas
detenciones, luego de producida la liberación, se les impone a los y las
manifestantes como restricción mientras continúan las causas, la
prohibición de poder acercarse a menos de mil metros del Congreso. Si
tomamos en consideración de que se tratan de causas abiertas por
supuesta resistencia a la autoridad y sin que se les pretenda aplicar
ningún tipo penal relacionado con la obstrucción al normal
funcionamiento del Congreso, no se explica el sentido de esa
restricción. El Congreso no es el objeto del supuesto delito por el cual
se los procesa. La única explicación posible es querer impedirles que
puedan seguir manifestándose contra el proyecto de ley que se trataba en
el recinto del Congreso. Más claro fue en ese sentido el caso de uno de
los detenidos que, por domiciliarse a pocas cuadras del Congreso, su
restricción fue la de no poder acercarse a ninguna manifestación.
Una muestra del carácter de Estado Policíaco que está asumiendo con el
nuevo gobierno, es la regulación sobre las reuniones y manifestaciones
públicas que contenía el proyecto de Ley Ómnibus. Es sabido que el mismo
establecía que toda reunión o manifestación pública de 3 o más personas
debía requerir autorización previa del Ministerio de Seguridad. La
ínfima cantidad de personas exigida por el proyecto generó todo tipo de
comentarios al respecto, lo que llevó a Bullrich a modificar el proyecto
elevando a 30 el número mínimo de personas, regulación que por el
momento quedó en stand by con la caída del tratamiento del proyecto de
Ley Ómnibus.
Pero lo que pocos saben es el motivo por el cual el proyecto original
preveía un número mínimo de 3 personas para exigir la autorización
previa. Esto se debe a que el art. 210 del Código Penal cuando tipifica
el delito de asociación ilícita prevé un número mínimo de 3 personas
como integrantes de la asociación para que se pueda calificar ese
delito. De esta manera, de forma analógica, la regulación de las
reuniones y manifestaciones públicas contenida en el proyecto de Ley
Ómnibus aplicaba el mismo número mínimo de personas previstas para el
delito de asociación ilícita. Si continuamos el razonamiento seguido por
esta regulación, una reunión o manifestación pública de 3 o más personas
podría tratarse de una asociación ilícita, situación que ameritaría
requerir la autorización previa del Ministerio de Seguridad, el cual
podría oponerse a su realización por razones de seguridad que no son
especificadas en el proyecto.
Ahora bien, lo que se diferencia esta regulación de las reuniones o
manifestaciones públicas a la figura penal de la asociación ilícita, es
que en esta última se requiere además que la asociación tenga como
finalidad la de cometer delitos. Por el contrario, en el proyecto de Ley
Ómnibus, con el sólo hecho de ser una reunión o manifestación de 3 o más
personas, ello habilitaba la aplicación de esa normativa y la
intervención del Ministerio de Seguridad. Se puede decir que, para esta
última, la finalidad delictiva de la eventual reunión o manifestación no
era requerida para aplicar esa normativa, bastaba con la sola reunión o
manifestación para habilitar su intervención. Es decir que de la figura
de la asociación ilícita toma sólo el número mínimo de personas y no la
finalidad de la misma, situación esta última que es lo que justamente
califica de ilícita a la asociación y justificaría de algún modo su
penalización. Ahora en cambio, lo peligroso para el Estado es la reunión
o manifestación misma de personas sin importar su eventual finalidad
delictiva.
Es inevitable recordar las causas penales por asociación ilícita
iniciadas contra sociedades de la FORA durante la dictadura de Uriburu,
por el solo hecho de ser agrupaciones destinadas a realizar medidas de
acción directa en defensa de sus derechos y conquistar mejores
condiciones de vida y de trabajo. Nuevamente, como ha sucedido en
numerosas etapas de nuestra historia, el Estado se siente amenazado por
la protesta y la concentración de personas en la vía pública, lo que lo
lleva a dictar este tipo de regulaciones destinadas a impedir y
perseguir las reuniones y manifestaciones públicas. Esta actitud y
proceder del Estado es lo que lo califica de Estado Policíaco, el cual
ve a la población misma en su conjunto como una amenaza, al punto tal
que justifica su intervención represiva ante cualquier mínima señal de
eventual resistencia o expresión colectiva de esa población. Esto es lo
que lo lleva a colocar a la seguridad como su principal estandarte.
La reconfiguración del Estado hacia un Estado Policíaco con las
características que venimos señalando, no se produce porque sí, sino que
responde a una estrategia más amplia del gran capital que provecha un
evidente momento de estrepitoso retroceso de la organización obrera,
para tomar medidas destinadas a concentrar en pocas manos el proceso
productivo y de explotación capitalista, a costa del conjunto de la
clase que vive de su trabajo, imponiendo profundas reformas laborales,
sociales, ambientales y en las cuentas públicas que favorecen al negocio
de los grupos concentrados. El grado de retroceso experimentado por el
movimiento obrero organizado, es el puntapié que le permite al Estado
reducir su rol en materia social y de mediador ante el conflicto de
clases para la continuidad del orden económico capitalista, pasando a
reconfigurarse como un Estado Policíaco al servicio exclusivo de las
clases dominantes a los fines de implementar drásticamente sus políticas
de ajuste.
El abandono del rol del Estado en materia social como medio para
intentar apaliar las enormes desigualdades generadas por sistema
capitalista de producción, no sólo implica un cambio de estrategia de
los sectores dominantes respecto al rol del Estado, sino que además
importa una enorme transferencia de recursos previstos para esos fines
hacia los grupos concentrados, como viene sucediendo, por ejemplo, con
los recursos del ANSES para responder al endeudamiento público. A este
ejemplo se pueden sumar los proyectos del actual gobierno de privatizar
empresas públicas, eliminar las restricciones en materia de venta de
tierras y transferir al tesoro nacional la totalidad de los activos del
Fondo de Garantía de Sustentabilidad del régimen de jubilaciones y
pensiones.
El considerable fortalecimiento de los sectores dominantes que les
permite considerarse en condiciones de poder implementar todas estas
políticas de ajuste feroz, es producto como decíamos del gran retroceso
experimentado por el movimiento obrero organizado en los años de
gobierno de los Fernández que, junto con la complicidad de las
burocracias enquistadas en las cúpulas de las organizaciones sindicales,
se han dedicado a militar el quietismo y la paralización de la lucha
sindical. Todo esto en el marco de la implementación de las políticas de
ajuste del FMI que han llevado a la pobreza a la mayor parte de la
población y a la pérdida del poder adquisitivo de los salarios y las
jubilaciones. Es solo una muestra de ello el hecho de que Alberto
Fernández haya finalizado su mandato con un 40% de pobreza y sin una
huelga general declarada durante todo su gobierno, único presidente sin
una sola huelga general desde la caída de la dictadura cívico-militar.
El temor que las clases dominantes tienen a las manifestaciones y
protestas colectivas, expresiones propias del principio de acción
directa, evidencia su enorme potencial para impedir la avanzada
ajustadora y encender la chispa para la transformación social. Ninguna
forma de Estado ha impedido que tarde o temprano las masas populares se
alcen contra quienes los hambrean y precarizan su vida, a lo que debemos
sumar a esta lucha como foristas los principios de la organización
horizontal y federativa para la construcción de un nuevo orden social y
dejar de entregar nuestros destinos a supuestos representantes del pueblo.
LEONARDO ELGORRIAGA
https://organizacion-obrera.fora.com.ar/2024/03/27/el-estado-policiaco-como-parte-del-programa-pseudo-libertario-del-gobierno-nacional/
_______________________________________
AGENCIA DE NOTICIAS A-INFOS
De, Por y Para Anarquistas
Para enviar art�culos en castellano escribir a: A-infos-ca@ainfos.ca
Para suscribirse/desuscribirse: http://ainfos.ca/mailman/listinfo/a-infos-ca
Archivo: http://www.ainfos.ca/ca
- Prev by Date:
(tr) Russia, Avtonom: Modern özgürlükçü teoriler ve uygulamalar: "Vektörler" konferansındaki bölüm (ca, de, en, it, pt)[makine çevirisi]
- Next by Date:
(ca) France, UCL AL #348 - 10 mil millones de euros de ahorro: servicios públicos sangrantes en beneficio de los vampiros capitalistas (de, en, fr, it, pt, tr)[Traducción automática]
A-Infos Information Center