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(ca) Sicilia Libertaria 2-24: Relativismo: Rebeldes legales: el caso zapatista en México (4) (de, en, it, pt, tr) [Traducción automática]
Date
Sun, 3 Mar 2024 07:50:37 +0200
El camino de investigación que me llevó de Italia a Bolivia y luego,
entre otras naciones, a México, persiguiendo las huellas de un posible
pluralismo jurídico dentro de sociedades con poblaciones indígenas,
naciones con lenguas, culturas y normas propias, finalmente llega, a
Chiapas, donde la rebelión de un pueblo ha producido espacios de
libertad autogestionada, sin fetichizar el pasado y mirar hacia el
futuro. Algunos hechos esenciales: En 1994, en el estado mexicano de
Chiapas, grupos indígenas organizados se rebelaron contra la dominación
y control del Estado mexicano, creando un movimiento de resistencia
local y también inspirando a otros grupos indígenas a organizarse. Como
declaró el subcomandante Marcos, no se trataba de la toma del poder,
sino "simplemente de algo más difícil: un mundo nuevo". Treinta años
después, la región Lacandona ha visto el desarrollo de nuevas formas de
socialidad, basadas en gran medida en la tradición indígena, incluida la
organización de sus propias formas de administrar justicia. Todo esto
fue posible, gracias a múltiples estrategias de lucha y comunicación,
logrando contar con el apoyo de parte de la población mexicana no
indígena y, más aún, en el mundo occidental, especialmente el que vio en
la lucha zapatista, un ejemplo. seguir . Una de las características más
importantes del sistema social y político construido en los últimos
treinta años se refiere a la gestión del poder, que tiende a ser
horizontal, donde los encargados de gestionar la vida pública, que
ocupan el cargo durante tres años, no no deciden sino que, como
representantes, llevan a cabo las decisiones que la comunidad local ha
tomado y cuya ejecución controlan: "Mandar obedeciendo" es la regla
clave de este sistema.
La exclusión total del Estado de la vida comunitaria, a veces incluso
defendida con las armas, fue la condición para la producción de un nuevo
modelo de sociedad, aunque no fue fácil, dado que las sociedades
indígenas originales se transformaron a lo largo de los siglos de
colonialismo y dominación republicana, hasta el punto de que las
culturas actuales son el resultado de mezclas y sincretismos, de
imposiciones pero también de resistencias y apropiaciones de elementos
culturales extranjeros implantados, más o menos conscientemente, en el
tejido de las culturas tradicionales, logrando mantener en gran medida
parte de su identidades, lenguas y culturas básicas. Por esta razón, al
pensar en el futuro, los zapatistas se vieron en la necesidad de
producir modelos de gestión alternativos que, sin traicionar el pasado,
pudieran utilizarse para gestionar las nuevas realidades. Es innegable
el aporte del subcomandante Marcos en este proceso, quien personificó
las diferentes tradiciones utópicas, tanto indígenas como libertarias.
En lo que respecta a la administración de justicia, el sistema zapatista
que se ha ido perfeccionando durante estos treinta años se estructura en
tres niveles de funcionamiento interno superpuestos, aunque está abierto
a comparaciones e incluso a choques con el sistema nacional mexicano. El
nivel más básico se refiere a delitos menores, como robos o delitos,
discusiones entre vecinos e incluso entre cónyuges, borracheras
escandalosas, etc. Las autoridades municipales electas se encargan de
estos problemas, aunque, en casos complicados, se recurre a la asamblea
municipal, que defiende fundamentalmente el buen funcionamiento de la
vida de la comunidad local. La asamblea no siempre resuelve
satisfactoriamente los problemas, por lo que se puede convocar a una
Comisión de Honor y Justicia designada específicamente. También se
utiliza cuando los problemas involucran a más de una comunidad, incluso
si la última instancia está representada por el Consejo de Buen
Gobierno, la organización general de las comunidades. Este es el nivel
que también se ocupa de casos que involucran a personas no zapatistas u
otras organizaciones políticas y, por supuesto, al gobierno no indígena
de la región (cuestiones políticas, conflictos activos y disputas de
tierras). Finalmente, es importante resaltar que, cuando se trata de
problemas domésticos o que, en general, involucran a las mujeres, estos
son atendidos únicamente por las mujeres que integran los distintos
órganos de justicia.
En general, la función que desempeñan estas instituciones es mediar en
los conflictos, empujando a los actores involucrados a llegar a un
acuerdo sobre las disputas. Si son declarados culpables, las penas rara
vez son de prisión y, en estos casos, implican una habitación abierta o
una cabaña durante los pocos días de castigo. En la mayoría de los casos
el castigo consiste en realizar trabajos para la comunidad o pagar una
cantidad de dinero para compensar a quienes fueron víctimas de la acción
transgresora. Incluso en el caso de ser condenado a largos períodos de
trabajo comunitario, si es necesario, se permite al condenado regresar a
sus campos para no dañar a su familia. Aunque parezca secundario, cabe
señalar que todos estos procesos se llevan a cabo en la lengua indígena
local, siendo este uno de los grandes problemas que enfrentan los
indígenas cuando terminan, con o sin motivo, en el sistema de justicia
nacional. Y es gratuito, otro elemento importante, dado que, como en
muchos países, son los pobres los que acaban en su mayoría en las
prisiones estatales. Finalmente, la diferencia entre el sistema de
justicia estatal y el sistema zapatista es tan evidente que, muchas
veces, incluso los campesinos no indígenas recurren a este último,
obteniendo, en los casos en que el sistema estatal interviene o ya está
interviniendo, apoyo y asistencia. especialmente cuando son víctimas de
la policía estatal o regional. La referencia a las policías mexicanas es
necesaria, considerando que son cuerpos históricamente violentos y
símbolos de la represión estatal para los sectores sociales y étnicos
más pobres de la población. De hecho, desde hace años se libra una lucha
para limitar sus poderes en todos los territorios indígenas. En Chiapas
ha sido literalmente abolido, reemplazado por "patrullas" indígenas de
miembros de la comunidad que brindan este servicio de manera voluntaria
y rotativa.
Evidentemente, todo esto fue posible gracias a las conquistas políticas
que llevaron a cabo los zapatistas, logrando mantener su territorio y
logrando que el Estado terminara, ciertamente no con entusiasmo, por
reconocer el valor de su sistema jurídico autónomo. Esta condición de
autonomía, defendida también con las armas, resulta necesaria para poder
producir y mantener sus propias reglas de convivencia, como también lo
ha demostrado el caso sirio de Rojava. Estos casos nos muestran que la
lucha por la autonomía jurídica y, en general, política y social también
es posible frente al Estado, que puede doblegarse para aceptar
diferencias, claramente grupales y no individuales; mientras que en
términos regionales o municipales, una vez alcanzado un grado suficiente
de autonomía, esta posibilidad sería una contradicción antropológica,
dado que toda estructura social, incluso las nuevas y libertarias,
necesita un mínimo de cohesión y reglas comunes.
(Para más información: Rebrii, Anne (2020): "Zapatistas: lecciones de
autoorganización comunitaria" (https://www.opendemocracy.net);
Gasparello, Giovanna (2017): "Nuestra justicia es la alegría del
corazón. Justicias indígenas e interculturales en el sur de México".
Revista de Paz y Conflictos, X-2: 143-164).
Emanuele Amodio
https://www.sicilialibertaria.it/
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